588 Violencia intragénero.

588   Violencia intragénero.

El diario digital “El Español”, que dirige Pedro J. ha publicado un estudio elaborado por la asociación LGTBI COGAM con el que se pretende atraer la atención sobre la violencia entre las parejas del mismo sexo.
El estudio se ha realizado encuestando a 900 personas LGTBI, la gran mayoría de España. Y en el:
·       El 30% reconoce haber agredido a su pareja del mismo sexo.
Esta forma de violencia es:
·       Entre las mujeres lesbianas del 33,85%.  
·       Y entre los hombres homosexuales del 26,56%.
Mayor por lo tanto entre las mujeres.
A estas agresiones las han denominado:
·       “Violencia Intragénero”
Y parece ser que las asociaciones LGTBI pretenden que se apruebe una nueva ley que aborde estos sucesos de manera específica y diferenciada.
Este estudio puede pretender que se cree una nueva estructura que sea origen de un enorme negocio alrededor de la violencia entre personas del mismo sexo.
Una cosa es que cada agresión tenga sus características propias y otra pretender que, hasta en la violencia, lo LGTBI merezca un tratamiento especial.
Francisco Ramírez, presidente de Colegas indica:
·       “Exigimos las mismas medidas y recursos que actualmente son ofrecidas a las mujeres víctimas de la violencia de género”.
Me llama la atención que el Sr. Ramírez utilice rotundamente el término “exija”; no es que se estudie, no es que consideren la posibilidad, no es que se pida, es más aún una imposición o una orden. Es increíble cómo estos movimientos piden y piden sin pudor. Ciertamente inaceptable.
Para aclarar la situación indicar que en la actualidad, existen dos leyes específicas para los episodios de violencia:
·       La de 2003, de “Violencia Doméstica”, que abarca cualquier violencia que se produzca en el seno de una familia o relación análoga, salvo si es de un varón sobre una mujer.
·       Y por otro lado la de 2004 referida a la llamada “Violencia de Género”, que señala al hombre como presunto culpable de tener una irrefrenable tendencia de: dominación, odio y violencia contra la mujer.
En la primera, quien acusa debe probar lo denunciado.
En la segunda, el acusado debe probar su inocencia,
Hay que indicar que, casi todas, las denuncias en los procesos de ruptura matrimonial acaban sin condena por maltrato.
Algunas víctimas de un hombre, cada vez más, alzan su voz, señalando que la ley de violencia de género produce más violencia porque acorrala al hombre.
Y ahora “intragénero” quiere lo mismo.
Se han alzado muchas voces de que la ideología de género es una versión del marxismo aplicado a la familia y a las parejas; y estas nuevas pretensiones, a mi entender, lo abalan y lo rubrican.


Publicada en Diario Hispanidad. Digital  30 de abril de 2017